delrégimen de visitas.- VII. DIFERENTES CAUSAS DE OPOSICIÓN DEL MENOR A LAS VISITAS.- 1. Situación real que aconseje medidas sobre régimen de visitas.- 2. La manipulación del menor por el progenitor custodio.- 3. Negativa por incomodidad o capricho del menor.- VIII. LA OPOSICIÓN SIN CAUSA DEL MENOR A LAS VISITAS.- 1.
Incumplimientodel régimen de visitas. En ocasiones, el progenitor que tiene el derecho-deber del régimen de visitas, lo
ala fijación del régimen de visitas de los menores de edad con su progenitor no custodio cuando el domicilio de los infantes se encuentra geográficamente distante. 1 Tesis de Jurisprudencia P./J. 53/2014, publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Tomo I, noviembre de 2014, página 61.
Setrata de la sentencia del Juzgado de Primera de Instancia de Santa Cruz de Tenerife, 7 abril 2020 (rec. nº 200/2020), que ha resuelto suspender el régimen de visitas a favor de la progenitora, ya que “carece de domicilio, frecuenta con el menor una playa con casetas o tiendas de campaña y el menor juega en descampados sin
Cuandoun de los progenitores no cumple con el régimen de visitas establecido en sentencia judicial la posibilidad que ofrece la Ley de Enjuiciamiento Civil ante un incumplimiento es imponer una multa al progenitor custodio. Como señala el apartado 3 del art. 709 LEC art.709 LEC «Cuando se acuerde apremiar al ejecutado con multas
Latesis establece como objetivo general, determinar si el incumplimiento del mandato judicial del régimen de visitas por parte del padre o la madre quien mantiene la custodia del menor, genera afectación en el desarrollo del mismo, y en el derecho que posee para relacionarse con ambos padres. El primer capítulo de la investigación está
Serácompetente en la regulación judicial de la convivencia familiar y en el establecimiento del régimen de relacionamiento el mismo Juzgado.” “Art. 96. DEL INCUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DE RELACIONAMIENTO.
Conclusión El régimen de visitas en Chile busca proteger los derechos de los niños y garantizar su bienestar emocional y físico. A través de este artículo, hemos abordado algunas preguntas frecuentes sobre este tema, desde la legislación que lo regula hasta los derechos y deberes de los padres. Es importante recordar que cada caso es
Sies el propio hijo el que no quiere ir con su madre o su padre se tendrá en cuenta la madurez del menor. Por lo general si es menor de 12 años lo habitual es que sea obligatorio cumplir el régimen de visitas. En
ElAuto dictado en fecha de 20 de febrero de 2019, por la Sección 12ª de la Audiencia Provincial de Barcelona (ECLI:ES:APB:2019:537A), considera que la habitual respuesta judicial de despachar de forma automática la ejecución ante los incumplimientos de las medidas relativas al régimen de visitas en los procesos de familia, resulta tan habitual
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